sábado, 1 de marzo de 2003

¿ATRASO, ATASCO O DEMORA IRRESPONSABLE

Marzo 2003

¿SE REVALIDARAN ALGUN DIA?.

En nuestra anterior página del mes de Febrero 2003 pasado, hicimos referencia a grandes rasgos lo concerniente, al retraso que estamos inmersos con relación a las gestiones para agilizar los trámites de Urbanizar esta Junta de Compensación de nuestro entorno.

Dado el tiempo transcurrido, o sea dos años ya, desde el nuevo Consejo Rector, afincado en manos del poder establecido, que tantas veces hemos manifestado, en todos y cada uno de nuestras denuncias y quejas, siguen en el “psitacismo”, que padecen. (Para que no tengan dudas de este adjetivo, les definimos según el Diccionario, su descripción “Estado del espíritu en que uno habla sin saber lo que dice”).

Para llegar a una conclusión definitiva y tener todos los datos con verdadera fiabilidad, la Junta Directiva de esta Asociación, se ha dirigido directamente a la Generalidad de Cataluña – Departamento de Política Territorial y Obras Públicas-Dirección General de Urbanismo-Servicio Territorial de Girona., cuya Entidad nos informó de lo siguiente, que trasladamos a todos los Propietarios, para que estén lo suficientemente informados de todo el tejido que representa este engorroso y engañabobos asunto a lo que nos tienen metidos, por una parte el Ayuntamiento y por la otra apoyándolo la colaboración del Consejo Rector de esta Junta;

a) El Plan Parcial de la AU5 de Más Llunés, en sesión de fecha 28 de Febrero del 2001, la Comisión de Urbanismo de Girona acordó aprobar definitivamente la modificación y adecuación del mencionado Plan Parcial, según su escrito de fecha 16/09/2002, RV:/, RN: 2001 / 000142 / G, fecha de salida 19/09/02, número 003641.

b) En el escrito más arriba indicado, también figura la exoneración, del Depósito de garantía económica del 12% de los costes de implantación de servicios y obras, previsto en el artículo 81, del Decreto 1/90.

c) El Ayuntamiento en el escrito número de salida 1191 de 24/07/2002 y número de registro de Urbanismo 2432 de 31/07/2002, se limitó a recomponer de forma administrativa el escrito de fecha 15/07/2002 de nuestro Asesor Arquitecto Sr. Ramón Bosch i Agustí, que nosotros pagamos, por lo tanto el mérito debe aplicarse a esta Junta de Compensación, ya que ni tan siquiera el Arquitecto del Ayuntamiento intervino, por tanto el demérito es del Ayuntamiento única y exclusivamente, ¡así vamos!.

d) Desde esta perspectiva queda pendiente de aprobar definitivamente, por el Pleno del Ayuntamiento, (no, por Comisión, y no, por Decreto) dos de los más interesantes y engorrosos, problemas, que son el “Proyecto de Compensación” y el “Proyecto de Urbanización”, estos están únicamente en el poder potestativo del Ayuntamiento, solo con la necesidad de tener que comunicarlo a la Autoridad anteriormente citada con el correspondiente escrito administrativo.¿Cuándo lo presentará en el Pleno del Ayuntamiento y aprobarlo definitivamente de una puñetera vez?. Si sigue la pauta del anterior párrafo, ¡¡¡estamos arreglados!!!. ACTUAR DE FORMA SIMPLISTA, NO ES DE RECIBO NI NOS MERECEMOS.

e) Por todo lo expuesto el no estar todavía aprobados definitivamente los citados Proyectos, deberíamos pedir las responsabilidades que correspondan, solamente al muy Ilmo. Sr. Regidor, que es quien tiene potestad para decidirlo. Si utiliza a los asesores para contradecirlo, que es muy posible que aproveche, todos intentarán falsear,“para salvar los muebles” y en todo caso que conste en nuestra acta de la Junta de Compensación en la Asamblea General de este Trimestre del 2003, su desmentido en caso de emplearlo.

Por parte de esta Asociación queda denunciado lo que está pendiente, aunque independientemente, de los trámites burocráticos, no es menos cierto que nuestro Consejo Rector, acompañado de los correspondientes asesores, están obligados, que para eso cobran y no poco precisamente, haber empujado el carro y no dejarlo al pairo del Ayuntamiento, toda vez que seguro esto no tirará hacia adelante ¡¡nunca!!, al contrario, quedará en el cajón del olvido. Claro, mientras tanto unos y otros cobrando, nosotros PANGANDO. Señores Propietarios Don Din, es atentatorio.

f) Informados todos los Propietarios de este “hacer”, preguntamos ¿Dejarán que se haga a gusto y capricho de determinadas personas, de unas situaciones sociales y cargos distintos que determinen nuestros destinos, en materia Urbanística?. ¡ Falta imprimir la velocidad de crucero necesaria!.

g) No quisiéramos suponer, que el Señor Regidor, argumentará o aprovechará el Expediente del Plan Parcial de Ordenación del sector AU 7-8 de Bescanó de uso Industrial, para acoplarlo al nuestro y esperar o terminar el suyo dejándonos el nuestro en vía muerta. ¡Que podría ser en este caso agorero!.

h) Con la situación en que vivimos solicitamos que nos permitan comparar el “Trío” de las EMES; “Marearnos” “Menospreciarnos” y “Mentirnos”.Es la diferencia que van de las Musas al Teatro, sabemos que CIU debate en el Parlamento Español con papeles é informes en la mano, ironiza políticamente, dando a entender cosas soslayando su responsabilidad, dicho esto el Regidor hace gala a lo que manifestamos. ¡No señor Regidor, no somos “ximples”!, en todo caso Usted mismo puede aplicarlo a quien corresponda, “no a nosotros”. O.K.

i) Recordamos al Consejo Rector las Bases de Actuación 22ª en sus puntos 1 y 2, que resultan del Reglamento de Gestión Urbanística, en sus Artículos números 41 y 42, que reclamando su aplicación como correspondería. El Ayuntamiento, no tendría más remedio que aprobarlo, pero claro, “es esto lo que no le interesa y ahí está la cuestión”, pregúntenle la causa y nos la hacen saber por escrito, ¿a ver si sois capaces?, esperaremos esta respuesta en la Asamblea General Ordinaria del 2003 próxima,(recordamos debe ser en el primer trimestre del año, Capitulo IV, Órganos de Gobierno y Administración, en su Artículo 19 puntos 1 y 2),.sin olvidar el Capitulo I en su Artículo 4 de la (a) a la (j), ambas inclusive. Finalitats, de nuestros Estatutos, ya aprobados.

INSOLENCIA MANIFIESTA;

Comparamos; (aunque las comparaciones son odiosas).

Si se ha utilizado nuestros Estatutos y Bases concretamente el 38 ¿por qué no los citados anteriormente? y los artículos 394, 812, 812.2, 813, 814, 815.1, 815.2 y 1108 de la LEC, para todos los que se encuentran en ello inmersos, por esta misma razón, las Asesorías Técnicas del Consejo Rector, debieran de haber actuado para que se cumplan todas y cada una de las Normativas que están publicadas en el Decreto Legislativo 1/1990 de 12 de Julio DOGC 1317 y Ley de Urbanismo 2/2002 de 14/3/2002,DOGC números 3.642, 3.647 Decreto 166/2002 de 11 de Junio, a los efectos de defender nuestros intereses y nuestros derechos, no quedándose “mirando al cielo”, ir cobrando y contemplando la LUNA, porque esta, seguro, seguro, que solo se moverá lo que está establecido por naturaleza.

Llegado a este punto nos encontramos en las siguientes alternativas:

1. Callarse, seguir pagando a su antojo. ( Al Consejo Rector).

2. Aceptar todos los Presupuestos de gestión que les parezca.

3. Tener un saldo bancario excesivo, sin necesidad , es peligroso y atractivo.

4. Seguir con el mal estado general Urbanístico que tenemos a todos los efectos. Teniendo la impresión de vivir en terrenos “Egipcios”

5. Estar escuchando continuamente, que se va ha empezar a Urbanizar tal mes ó tal otro. (En este verano, en Noviembre, dentro de nada, etc.), ó como Usted, Sr. Regidor prometió en su carta de fecha Febrero de 1.990 y que además amenazó con "estudiaria la desqualificació”, de no aceptar su oferta. ¿Se acuerda ó quizás lo olvidó?. Nosotros ¡no! tenemos su carta, si fuese hoy en día esa frase se la haríamos tragar.

6. Gastar cada año todos los gastos fijos que tenemos sin ningún resultado.

7. Ir por toda la Urbanización de fardón, pollino y hortera los componentes del Consejo Rector. Total para nada y quedar en ridículo.

8. Utilizar los teléfonos y el kilometraje para usos no oficiales.

9. Sostener a los Asesores, total para nada. (a los expertos ya les va bien).

10. Esperar a que le convenga al Regidor dar luz verde a lo pendiente de aprobar.(Proyecto de Compensación y Urbanización).

11. Que quede todo en punto muerto y agotar el saldo que se tenga en aquel instante, hasta que Dios quiera.

Ya este año se ha empezado a proclamar el comienzo de Urbanizar y vemos con gran estupor, el cretinismo, estúpido é inconsciente del Presidente y para muestra un botón: Sr. Presidente, coja el DOCG número 3799 de 14/01/2003, mírese la pagina 822, lea la aprobación del Ayuntamiento de Bescanó en materia de normas subsidiarias de proyectos urbanísticos, en los apartados a) b) y c) de 20 de Diciembre 2002 y se dará cuenta que nosotros no entramos en los cálculos del Regidor. Luego vaya diciendo por ahí que esto ya está terminado, ¿el qué?, ¿su imprudente criterio nefasto?. No nos haga más la puñeta y váyase a ella.

Supongamos alguna de estas alternativas, ¿cuál de ellas elige cada Propietario?

¿os conformareis con lo que os determinen?, de ser así, “apaga y vámonos”.

RIDICULEZ.

Otro caso es el que vamos a comentar seguidamente, sometiéndolo al criterio de todos los Propietarios, incluidos aquellos que se puedan verse reflejados;

Juzgado de Primera Instancia. Procedimiento Juicio Monitorio. Parte demandante: Junta de Compensación de la Urbanización Más Llunés.

Tribunal que acuerda el requerimiento: Juzgado de Primera Instancia 3.

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado. Persona a la que se requiere: Propietario. Orden que se debe cumplir: Pagar al peticionario la cantidad de ¿? €.

Plazo para el cumplimiento de lo ordenado: Veinte días.

El resultado es... los ¿? €, reclamados ya habían sido pagados, por tanto toda la parafernalia, desde la fecha DE SU COMIENZO, queda en una simple metedura de pata, sin paliativos. Pero... eso sí, las profesionales han cobrado, faltaría más. Nadie indaga, nadie se preocupa y tira que te va.¡Viva Más Llunés!.

Hay más todavía, y nos explicamos.

La Asamblea fue en 14 de Abril del 2002, en ella se aprobó el Presupuesto para pagar las cuotas;

a) Documento número 7 del Procedimiento Juicio Monitorio carta con fecha 2/1/2002, ya se reclama, proceder el cobro por vía de ejecutiva, sin consignar el año. Aún no se había aprobado el Presupuesto 2002 y el Consejo Rector ya remitió carta de incordio. Insólito y vergonzante, y además la Asesoría Jurídica sin enterarse. Deleznable.

b) Documento número 2 del mismo Procedimiento, se demandó con fecha 5/3/2002, Nota Simple Informativa, de la Propiedad, referida ¿?,solicitada por la responsable de la Asesoría Jurídica. Nos preguntamos ¿porqué?. ¿Para presentarla en el Juzgado?. ¿En Marzo del 2002, si la Asamblea se celebró en Abril del mismo año?.

c) ¿Sabía que el Propietario referenciado no iba a pagar?. ¡Que lista, no!.

d) ¿Para que quería el informe del Registro Propiedad?. ¿Por solidaridad?.

e) ¡ Abdicar componentes. del Consejo Rector y Asesoras!, seria una solución.

Debemos manifestarles que no nos extraña nada de todo cuanto hemos plasmado, pero hay una cosa que tienen que saber, lo que Ustedes han intentado tiene un adjetivo bien claro, querer cobrar una cantidad sea del importe que sea, grande ó pequeña, habiéndola pagado, que diría la Asesoría Jurídica del Consejo Rector, ¿solidaridad, quizás?, O bien la que realmente corresponde, presunto...f..., ¿eso es legal?, o ¿solidaridad?.

¡Fracasos!

Hay un personaje que ha tenido ;

1.- Fracaso a nivel Laboral.

2.- Fracaso como Presidente de Comunidad.

Y como no hay dos sin tres...

3.-Fracaso como Presidente del Consejo Rector, en ¡dos años!, solo se ha producido, alguno que otro chivatazo, cortadura de hierbas, reclamaciones de pagos(que por cierto no es de su competencia),denuncias a los Propietarios según su criterio, inclinaciones de espalda al Buana ó Profeta, mucho populismo y poco más.

Todo esto unido al comportamiento del Regidor, nosotros creemos que puede provocar “alarma Social”, toda vez que la ilegalidad que se mantiene el incumplir lo que la Ley establece, y que sistemáticamente dejan por ejecutarlo.

Invitamos al Presidente del Consejo Rector, a que se atreva a cumplir lo que determina el Artículo 31 apartado d),de nuestros Estatutos y Bases y con ello podrá Urbanizar, esto claro ¡si tiene atributos!, para ello, comprometerse conjuntamente con todo el Consejo Rector, con los Bancos, Cajas, Empresas de Prestamos y ponernos en la línea de “Prestamos Hipotecarios”, nuestras Propiedades como garantía. ¿se atreve Presidente?¿se la juega de verdad?¿será capaz de resolver por su propio criterio (?) este problema?.

TESORERIA.

Hemos observado a estas fechas que faltan el abono 26.874,30 €, que corresponden a las cuotas, si no nos equivocamos, al pago del Presupuesto del 2002 del Excmo. Ayuntamiento de Bescanó que Usted controla y que cursa a todo quisque, ¿creemos? a los Tribunales de Justicia en el Juzgado de Primera Instancia Número tres de Santa Coloma de Farnés (Girona)., porque por lo visto y oído hay un sin fin de Propietarios metidos en este berenjenal, ¿por qué no el Ayuntamiento? ¿tiene patente de Corso?¿no se atreve usted?¿se lo habrán prohibido? ¿con su influencia? ¿qué pasa, nos podrá aclararlo en la Asamblea del 2003? ¡Aunque se pague ahora ¿eh?!.

PROPUESTA

A propósito de lo que comentamos ¡se compromete la Asesoría Jurídica que lo lleva todo! que ¿la Asamblea se hará antes del 31/03/2003?.

· a) ¿Mandará Usted toda la documentación necesaria?.

· b) ¿El Presupuesto siguiente, 2002/2003 lo piensan presentar?.

· c) ¿La documentación acreditativa de los gastos, se facilitará?.

· d) ¿Con la suficiente claridad, PARA PODERLO ESTUDIAR.?.

· e) ¿Relación de los deudores, con sus nombres y parcelas?.

· f) ¿La elección del Vocal ausente?, ¿ está cubierta?.

· g) ¿Qué creen que somos?, ¿Propietarios ó clientes?.

Anteriormente le hemos mencionado “los Impagados”, ¡vaya bicoca que le ha caído a Usted!. Con un 25´78% (comprobado) de impagados, debe tener que hacer horas extraordinarias para poder atender esa parcela de la cuarta parte de los Propietarios que no pagan, aproximadamente. Todo este tinglado representa un montón de € de los cuales debe existir un beneficio brutal, y como Usted, según informa un componente destacado del Consejo Rector, es el que se preocupa de que los Propietarios paguen, vía teléfono o personal, debe tener una cartera amplia de informes, pagos, trasferencias, talones, efectivo y un etc. que más vale que lo tenga claro y justificado, porque sino, ¡¡que Dios le tenga en su seno!!.

Se lo vamos a justificar para que no crea que hablamos por hablar;

· En tres Presupuestos se han cobrado ó debieran de haberse cobrado: 91.385.931 Ptas.- (549.240,59 €).

· Deben tener aproximadamente en saldo efectivo alrededor unos 20.000.000 Ptas.-(120.202,42 €). (Según la Agencia de Informes Comerciales y Morosos).

· Como resultado de lo anterior por lógica, se habrán pagado o gastado unos 70.000.000 Ptas. (420.708,47 € ). ¿En que se gastan?, ¿porque Ustedes los Profesionales que cobren es lógico, pero y el resto del gasto? ¿Hay alguien más que cobre y Usted sepa?. Porque solo en arrancar hierbecitas ¿no eh?

· Lo pendiente asciende, (si no nos equivocamos) a unos 20.000.000 Ptas. (120.202,42 €.). Esto siempre aproximadamente por carecer de documentación aunque pedida.

¿¡Qué! Presidente, está ó no está, conforme con lo dicho?.

Cordialmente

La Junta Directiva de la Asociación de Propietarios de Vilanna.

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