Noviembre 2009
La Junta Directiva de esta Asociación quiere que todos y cada uno de sus componentes, amigos y resto de Propietarios/as, se enteren de una vez, como están las cosas por estas altitudes, que por cierto no es para tirar cohetes.
De todas formas para que nadie pueda tacharnos de “algo”, vamos a transcribir los escritos remitidos a cada Organismo correspondiente y con ello podrán cada uno de Ustedes sacar sus propias conclusiones.
No obstante e independientemente de estas observaciones y exposiciones, queremos hacer patente que en la actualidad esta Urbanización está dejada de la mano de Dios y si no fuese por esta Asociación que denuncia constantemente, nos tendrían abandonados totalmente y a nuestra puta suerte.
- ¿Por qué decimos esto?,
- ¿En que nos apoyamos para mantener estos criterios?,
- ¿Qué sacamos con esta postura?.
A cada una de estas preguntas tenemos contestación;
<> Respondemos a la primera.
Lo decimos, porque en esta Urbanización nadie, nadie, nadie, pone la carne en el asador, v. gr.: ¿alguien a reclamado algo relativo a cualquier de las inoperancias casuísticas que han existido, existen, y existirán, hoy por hoy en la Urbanización?, ¿alguien ha presentado réplica al trato al que estamos sometidos relativos a los recientes expedientes que se han producido?.
Nos consta que alguno que otro Propietario/a se ha rebotado ante tanta injusticia y autocracia demostrada, aunque sabemos que “poquititos”.
<>Respondemos a la segunda.
Nos apoyamos, en que desde hace muchos, pero que muchos años hemos estando batallando contra el poder establecido, no habernos escuchado por la prepotente autoridad Municipal, aunque podemos dar constancia de que, todo cuanto vamos manifestando, denunciando, o poner el sistema de gobierno Municipal en entredicho, automáticamente reaccionan eso sí lentamente, accediendo a lo denunciado y con espacios de tiempo muy bien estudiados, para no dar la impresión de que actúan por indicativo de… (lo que sea que hayamos reclamado), está constatado en diferentes ocasiones, es más son tan “angelicales” (por no decir estúpidos, lelos ó tontos), que van arreglando esto y aquello y… se ven obligados a no decir ni “pío” (onomatopeya del piar de los polluelos).
<>Respondemos a la tercera.
Lo que sacamos, es la dignidad de nuestro propio pundonor, que día tras día intentan pisotearlo y que reconocemos que alguna vez que otra lo consiguen, aunque no ofende quien quiere sino quien puede y estos “señores” no pueden, empezando por el “jefe” y pasando por todos y cada uno de su “equip”.
Dicho todo cuanto hemos desarrollado damos los traslados anunciados:
- Escrito dirigido al Delegado Territorial de Política T. y Obras Públicas y Carreteras.
“Excmo. Sr.
Manuel Palencia de Lara en su calidad de Presidente de la Entidad sin ánimo de lucro Asociación de Propietarios de Vilanna, con el número de Registro 3897, del Departamento de Justicia, Delegación de Girona de la Generalitat de Catalunya con fecha 2 de Noviembre del 2.000, y domiciliada en la calle Gironés s/ no., apartado de Correos 37 y Código Postal, 17163 de Vilanna, con todos los respetos a V.E.
EXPONEMOS:
Que estamos informados de las Obras que se van a realizar en la Carretera Gi 540 de su competencia en fechas próximas, según el Ayuntamiento en este próximo Otoño.
Que el Expediente al que nos referimos es el R.C. 08040, según nos informó en persona el Señor Técnico Don Toni Conejero, por cierto con toda cordialidad que agradecemos.
Que esta Asociación pretendemos conseguir que por parte de ese Organismo ó los que les competa eliminar gran parte de las curvas que tenemos en 10 Kms. todas ellas de gran peligrosidad.
Que nuestro propósito desde que se constituyó la Junta de Compensación el 07/09/1997, l´Unitat d´Actuació AU-1 Pla Parcial del Más Llunés de Bescanó, según Acta número 1.122 y a la que nuestros Asociados pertenecemos como así otros, ha sido recurrir a los Estamentos de la Administración, en justa demanda de solicitar la eliminación más posible de las curvas de la carretera Gi.540, que debemos utilizar para todas y cada una de nuestras gestiones, bien sean de trabajo o familiares.
Que otra casuística es que al carecer de indicativos la citada vía de prohibir la circulación de vehículos de medio y alto tonelaje, que actualmente circulan aunque esporádicamente, dado el gran riesgo que comporta para todos nosotros.
SUPLICAMOS
Que la petición a ese Organismo que efectúen los trámites oportunos con el fin de acceder a nuestra demanda, que consideramos necesaria a la vez que garantiza la seguridad de nuestros Ciudadanos, tanto en suprimir curvas, como la señalizaciones prohibitivas.
Atentamente, gracias que esperamos alcanzar del recto proceder de V.E., en Vilanna a veintiocho de Agosto del 2.009.
Asociación de Propietarios
de Vilann Firmado. M.Palencia-Presidente
SEÑOR DELEGADO TERRITORIAL DE POLÍTICA
T. i OBRES PUBLIQUES i CARRETERES.
c/. Migdia, 84/86.GIRONA” .
- Escrito dirigido al Alcalde de Bescano.
“Excmo. Sr.
Manuel Palencia de Lara en su calidad de Presidente de la Entidad sin ánimo de lucro Asociación de Propietarios de Vilanna, con el número de Registro 3897, del Departamento de Justicia, Delegación de Girona de la Generalitat de Catalunya con fecha 2 de Noviembre del 2.000, y domiciliada en la calle Girones s/ no., apartado de Correos 37 y Código Postal, 17163 de Vilanna, con todos los respetos a V.E.
E X P O N E M O S
Que evacuada consulta en los Servios Jurídicos del Excmo Señor Sindic de Greuges
de Cataluña y cumpliendo las normas a seguir, emitimos nuestras quejas que fundamentamos en:
- Que ese Ente Municipal proceda a instalar los correspondientes indicativos de nuestras Vías Urbanas.
- Que asimismo procedan a determinar la correspondiente numeración de nuestras viviendas, como tienen todos los Municipios,
- Que instalen en cada una de las cuatro entradas de la Urbanización, los planos orientativos y de señalización para poder localizar al Ciudadano residente que se vaya a visitar.
- Que con esta medida se evitarán casuísticas ya ocasionadas por necesidades de emergencia.
- Que esta demanda la hemos efectuado por activa y pasiva en los casi 40 años de perduración de esta Urbanización, no siendo atendidos en ninguna de ellas.
- Que ya que el Señor Alcalde lo ha prometido verbalmente recientemente lo cumpla en esta ocasión lo asegurado.
P E D I M O S:
Que nuestra demanda sea atendida por los Servicios de ese Ayuntamiento y podamos disfrutar de las señalizaciones como tiene todo el pueblo de Bescanó, Municipio al que nosotros también pertenecemos.
Que de no tener contestación satisfactoria como en otras ocasiones lo pondremos en manos del Organismo mencionado en principio.
Gracias que esperamos alcanzar del recto proceder de Usted.
En Vilanna a 30 (treinta) de Septiembre del 2.009.
Asociación de Propietarios de Vilanna.
Firmado.-Presidente.M.Palencia de Lara.
Excmo. Señor Alcalde de BESCANO”.
Quedan transcritos los anunciados escritos, en cuanto tengamos las oportunas contestaciones y de la misma forma, lo trasladaremos como hemos hecho en esta ocasión
DEMANDA EN ESTUDIO.
Los ex Estatutos y Bases que regulaban el funcionamiento de la Junta de Compensación de la Urbanización Más Llunés, en sus artículos 40-Disolución y el 41- Liquidación, contemplan las normas a seguir en caso de disolverse dicha Entidad.
Como sea que este efecto de DISOLUCION ya se ha producido, no de la forma estatutaria sino bajo todo tipo de sospechas, dudas, ocultaciones, camuflajes y enmascarar las cuentas de forma ruin con falsedades administrativas, hipocresía por parte de los componentes del Consejo Rector en pleno y traicionando o engañando la buena fe de los Propietarios/as.
Nos explicaremos para todos aquellos que puedan tener dudas sobre este engorroso tema, que mientras no se demuestre lo contrario, la “justificada duda” está ahí, y los posibles desajustes metálicos pendientes de justificar por parte en particular del que ostentaba el cargo de último Tesorero (Don Jordi Macarulla Obis) que creemos debiera de ser el primero en que se aclare la “justificada duda”, además que no debiera de haberlo permitido ya en su día.
Primero.-
Antes de exponer nuestras conclusiones debemos hacer constar que la Junta de Compensación se rige por el sistema de las Sociedades Anónimas, por tanto todo cuanto afecte a la Disolución y Liquidación que comentamos e independientemente de lo que está regulado, el fin es en ambos casos de las mismas características y resoluciones.
Segundo.-
¿Qué dice en consecuencia el Artículo 40 Disolución?.
Contempla tres causas que vamos a transcribir textualmente:
- Per manament judicial o prescripció legal.
- Quan la Junta hagi realitzat l´objecte pel cual es va crear.
- En forma voluntària per acord de la Asamblea General adoptat amb el quórum del 80 per 100 de la cuota de participació, sense perjudici del cumpliment per subrogació de les obligacions concretes i de la responsabilitat subsidiària que poguessin donar lloc. La dissolució voluntaria donarà lloc a l´extinció de la personalitat jurídica.
Estas tres causas son las que prevalecen y en nuestro caso es sin duda alguna el apartado b) en su integridad, por tanto queda claro.
Por lo manifestado anteriormente la Junta de Compensación de la Urbanización de Más Llunés, está disuelta por haber realizado en su totalidad su cometido.
¿Qué dice el artículo 41 – Liquidación?.
Quan s´estingeixi la personalitat jurídica , tindrá lloc la dissolució de la Junta de la forma següent:
1.- El Consell Rector procedirà a la liquidació amb observança de las instruccions dictades especificament per l´Assemblea General.
2.-El patrimoni que pugui existir en terrenys, drets o metal.lic, es distribuirá entre els “associats” en proporció a la seva participació en l´ entitat urbanística.
Queda claro por tanto en la situación de Disolución como de Liquidación, ahora bien no tan claro en el apartado de LIQUIDACIÓN, en este apartado no se a resuelto debidamente según lo legislado y está hoy por hoy pendiente de cerrarlo con clarividencia, exposición y divulgación a tenor de lo que determinan las Leyes al efecto.
Por tanto como sea que hay bastantes Propietarios/as (aunque fuese uno solo) que demandan saber el estado de Liquidación final de la Junta de Compensación de la Urbanización de Más Llunés, a la que todos nosotros estamos inmersos, y que dicha gestión Administrativa no se ha efectuado, estando pendiente de completarse de forma clara, digna, honorable y honrada sobre papel, que están obligada la persona que intervino directamente por su cargo en especial.
De modo que empezaremos ha preguntarnos.
- ¿Dónde se encuentra la documentación del finiquito de la Junta de Compensación de Más Llunés?.
- ¿Quién tiene el estado de cuentas, tanto administrativas como Bancarias?.
- ¿Según dice la Ley que el reparto exista o no, se efectuó al cierre de la Junta de Compensación de Más Llunés, que ahora no existe como tal, salvo criterio del Ayuntamiento según escrito que transcribimos?.
- ¿Quién ha recibido un comunicado con las explicaciones informativas del cierre total?.
- ¿Qué montante ha quedo en las cuentas Bancarias o de la Caja de Ahorros de Girona a favor o contra de la Junta de Compensación de Más LLunés y donde han ido a parar?.
- ¿Volverá a pasar lo sucedió en Febrero del 1990 que se ingresaron 12.075,-- ( de las antiguas Pesetas) en la cuenta de La Caixa cuenta número 995.02.0000145-91, abierta a nombre del Ayuntamiento en la primera Junta que se intento crear y estos importes han desaparecido sin dejar rastro?. Conservamos documentación que acredita lo que manifestamos y está a la disposición del que quiera comprobarlo.
- ¿La total responsabilidad de los componentes del último Consejo Rector donde se queda o mejor dicho en que se queda?.
- ¿No creen los Propietarios/as que se debe una explicación con sentido común y clarificadora de la LIQUIDACIÓN de nuestras aportaciones, que por cierto no fueron pocas, si mal no recordamos ascendían a 1.300 millones y pico de las antiguas Pesetas?.
- ¿Quizás el tipo de reparto que haya existido no debe de ver la luz?.
- ¿No creen los afectados que estos términos deben ser resueltos y clarificados?.
- ¿Vamos a dejar que cuatro “mequetrefes”, “fantoches”y “descerebrados” nos embrollen con el pretexto de ser honrados y las cuentas estar en el limbo, lo aceptan?, nosotros por supuesto ¡NO!.
- ¿No es más justo pedir vía Judicial ó Sindic de Greuges las responsabilidades que correspondan y se aclaren las cuentas de LIQUIDACIÓN estén donde estén?.
Esta doce preguntas (como lo Legislado) se deben contestar de una forma ú otra pero contestar debidamente y sin salirse por la tangente.
Por nuestra parte indagaremos los pasos que se han efectuado y hasta conseguir saber a que fuente debemos ir a por agua no pararemos.
Una vez lo tengamos claro lo pondremos al juicio de todos y cada uno de los afectados ó que se crean afectados, para conseguir cuando menos una aclaración de lo que nos impusieron en forma metálica y cuantiosa.
También nos viene a la mente que dado todos y cada uno de los supuestos “asuntos raros” que van surgiendo en las diferentes Administraciones Públicas Municipales, no pudiera sucedernos a nosotros, quiera Dios que no, de lo contrario más de uno lo lamentaría.
No vayamos a caer en la trampa en próximas fechas de que nos quieran cobrar con carácter retrospectivo para afrontar pagos de malas gestiones anteriores no contemplados y nos pasen la factura de esto y aquello.
Vamos a poner un ejemplo en el que nos basamos, este posible criterio, es relativo a la anotación que tenemos todos en nuestras escrituras en el Registro de la Propiedad número 3 de Girona, y que su día debió de liquidarse y anular las inscripciones que figuraban en el Registro como garantía y que se debía abonarse por aquel entonces entre 10 ó 12 millones de las antiguas pesetas.
Consultado en el Registro nos han dicho:
1.- Está todavía pendiente.
2.- La anotación de anulación, no se ha efectuado por dejación del Consejo Rector.
3.- Se deben efectuar los trámites oportunos.¿Quien lo hará, cesado el Consejo Rector?.
4.- ¡A quien le corresponde la responsabilidad!.
5.- Como el Ayuntamiento nos ha dicho que la Junta de Compensación existe, transcribimos la carta recibida y por ella verán lo que manifestamos;
Transcribimos la anotación que todos tenemos en nuestras Propiedades en el Registro de la Propiedad número tres (3) de Girona:
¿Saben Ustedes lo que esto significa?.
Posiblemente no, y ahí está el caso que nos ocupa.
El Consejo Rector último y que según el Ayuntamiento todavía existe, aunque nadie de momento sabe donde radica, en su tiempo no hizo los deberes.
¿Y cuales son estos deberes?.
Lo vamos a describir de la forma más entendible posible;
Primero.- El Consejo Rector, si es que todavía ejerce, debe proceder a la anulación de la anotación en el Registro de la Propiedad número tres de Girona, que en la actualidad figura en cada una de nuestras Propiedades.
Segundo.- Proceder a dar cuenta a todos los Propietarios/as, de que se ha liquidado en su día los correspondientes abonos de los Impuestos que afectaban a nuestras propiedades.
Tercero.- Facilitar mediante la correspondiente documentación de que todo cuanto afecte a nuestras propiedades están gestionadas.
Cuarto.- Por nuestra parte ya hemos dirigido un escrito sobre esta materia y estamos esperando la contestación en su debido tiempo una vez la tengamos serán informados de forma metódica.
Quedan enterados de cuanto estamos tramitando, lo que ocurre que no podemos asegurar nada, toda vez que estamos a la espera, aunque por esfuerzos no van a quedar.
Cordialmente.
La Junta Directiva
de la Asociación
de Propietarios de Vilanna.