martes, 1 de abril de 2008

EVOCANDO HISTORIAS CRONOLÓGICAS

Abril 2008

Para mayor conocimiento vamos a detallar por fechas cronológicas todos los eventos que en su día sucedieron.

Nuestro ánimo es simplemente que como sea que en la actualidad han existido diferentes cambios en la Propiedad de las parcelas y viviendas de Propietarios/as, por diferentes motivos, creemos que deben estar cuanto menos enterados de lo que acaeció por aquellas fechas, de forma que el conocimiento de lo que sucedió provoca tener una opinión de la realidad.

Ahí exponemos, por fecha las diferentes gestiones que se llevaron acabo:

  • ><Julio de 1.984.- Articulo en Prensa referente a denuncia de unas cartas falsas.
  • ><01 de Noviembre de 1.989.- Informe, sobre el estado actual de la infraestructura y servicios de la Urbanización Mas Llunés, Arquitecto Municipal Don Joaquín Pla y Ros, con importe total de 449.550.000,-- millones de Pesetas.
  • ><Febrero de 1.990.- Carta del Ayuntamiento, con la finalidad de conseguir acabar la Urbanización y dando normas al efecto.
  • ><05 de Julio de 1.990.- Carta nombrando la Junta de Vecinos, ocho Propietarios, y pidiendo ingresar 12.095,-- Ptas., para agilizar el trámite de la redacción del Proyecto, antes del 31 de Agosto del 1.990. (Los importes ingresados, nunca más se han sabido nada de ellos y los intereses tampoco, lo que es evidente es que están en poder del Consistorio, hace trece años, y quien reclamó se le devolvió, el resto en la “Caja Municipal”). ¿Quién se ha beneficiado?. ¿Quién los ha manipulado en su beneficio?. ¿Siguen en la “Caja Municipal” ó se han esfumado?.¿Piensan dar balance informativo general en algunas de las hojas QUE CADA MES REMITEN, ”L´Ajuntament informa”?.
  • ><05 de Marzo de 1,995.- Asamblea General Ordinaria, con tres contextos y todos ellos manipulados, presentados y permitidos por el Excmo. Sr. Alcalde.
  • ><28 de Abril de 1.995.- Carta de Manuel Cantillo Granado, adjuntando copia del Acta del 05/03/1995, marcando normas totalmente desajustadas.
  • ><02 de Junio de 1.995. Escrito ante Notario de la Familia. Felíu, revocando los poderes al Manuel Cantillo Granado.
  • ><04 de Junio de 1.995. Aprobación del Consejo Rector (ilegal) de las derramas de Base de Cálculo de 6.700.000,-- Pesetas trimestrales durante tres años, desde 01/07/1995
  • ><11 de Junio de 1.995. Asamblea Ordinaria, con datos de las supuestas gestiones del Consejo Rector y presentación de un Presupuesto de 69.153.903,-- más 3.482.333,-- para corta fuegos y girar 12 derramas trimestrales, desde 01/07/1995, por un total de 6.700.000,--, cada trimestre, esto significaba un total de 80.400.000,-de Pesetas ( a partir de estos datos empezó el “baile”, los Propietarios, no todos, no estábamos conformes, olía a supuesto fraude).
  • ><22 de Junio de 1,995. Escrito de la Familia Felíu revocando el contrato con Manuel Cantillo Granado.
  • ><15 de Julio de 1.995. Carta de la Familia Felíu dirigida a todos los Propietarios poniendo en antecedentes de lo que hemos mencionado anteriormente.
  • ><Sin fecha de 1.995. Carta conjunta del Ayuntamiento de Bescanó firmada por el Excmo. X. Soy y Manuel Cantillo Granado, como Presidente del Consejo Rector (a nuestro entender ilegal) solicitando la aportación de la documentación de nuestras propiedades, antes del 30 de Julio de 1.995.
  • ><09 de Agosto de 1.995, Certificación del Secretario del Consejo Rector, anunciando, que Suministros Deco S. L. efectuará el cobro de los recibos del tercer y cuarto trimestre, por cuenta de la Junta, y otros asuntos entre ellos la apertura de una cuenta corriente:
  • ><22 de Agosto de 1.995. Escrito del Excmo. Ayuntamiento contestando alegaciones a la Asamblea que se celebró. (A nuestro entender fuera de contexto pues aún no se había formalizado la Escritura de Constitución de la Junta de Compensación).
  • ><04 de Septiembre 1.995. Carta de Manuel Cantillo Granado, como Presidente, avisando del cobro de los recibos del tercer trimestre 1.995 y amenaza que si antes del 01/10/1.995 no son abonados los recibos remitirá al Ayuntamiento, para su cobro vía de apremio. (Esta amenaza no se cumplió, el Ayuntamiento no ejecutó, ignoramos las razones, pero la suponemos, todo era ilegal).
  • ><11 de Noviembre de 1-995. Denuncia de siete Propietarios (uno se negó a firmar y el Teniente del Cuartelillo, lo echo fuera del despacho, ¿saben quien fue ese cobarde? Pues nada más y nada menos que el “Ingeniero” Herranz, ¡qué les parece!) ante, la Guardia Civil, por diligencias Policiales número 239/95, Juzgado de Instrucción número 7 de Girona, por presuntas irregularidades, pagos de recibos de cantidades consideradas supuestamente fraudulentas, mal trato de palabra, y cartas amenazadoras con presuntos embargos y recargos, de cuotas que considerábamos ilegales. Por parte del Ayuntamiento hubo y existió una total permisividad, ante todos estos actos llevados a cabo por el Cantillo.
  • ><Sin fecha Noviembre 1.995. Registro Mercantil de Girona, donde figura la actividad de Suministros Deco, entre otras y simplificando Lampista.
  • ><10 de Noviembre 1.995. Escrito del Ayuntamiento de la exposición del anteproyecto de la modificación del Plan Parcial de la Urbanización. (Seguía sin constituirse la Escritura de la Junta de Compensación).
  • ><15 de Noviembre de 1.995. Escrito del Ayuntamiento nueva información pública del Texto Refundido Estatutos y Base de Actuación.
  • ><21 de Diciembre de 1.995. Anuncio en prensa del Presidente de la Junta de denunciar a los vecinos que le acusan de fraude. Al final del escrito miente por anunciar que el contrato está vigente, cuando en 2 y 22 de Junio le fueron anulados los contratos por parte de Don. Luis Feliu de Cendra.
  • ><21 de Diciembre de 1-995. Carta Ayuntamiento contestando no existir ninguna Comunidad ni Asociación de Propietarios.
  • ><17 de Enero de 1.996. Juzgado Instrucción número 8 Diligencias Previas número 1182/95, declaración de M. Palencia.
  • ><22 de Enero de 1.996. Notificación Ayuntamiento acuerdo definitivo en vía administrativa, acuerdo aprobación definitiva de los Estatutos y Bases, y resoluciones alegaciones varios propietarios.
  • ><07 de Febrero de 1.996. Carta del Ayuntamiento haciendo constar una omisión del escrito anterior, del cargo de Vice-Presidente.
  • ><29 de Febrero de 1-996. Crónica en el periódico, Diari de Girona, donde se anuncia la recuperación de la Asociación de Vecinos.
  • ><21 de Marzo de 1.996. Presupuesto 12 Trimestres, comentarios al Presupuesto de la Asamblea Ordinaria del 18/02/1.996.
  • ><21 de Marzo de 1.996. Escritura de Constitución ante el Notario Don José M. Estropa Torres, con el número 308, en la misma figuran los componentes del Consejo Rector, que con fecha 16/01/1996, ya nombrados a dedo en 05/03/1995, en Asamblea sin Estatutos , sin Bases y sin Escritura de Constitución.
  • ><01 de Junio de 1.996. Crónica en el periódico Diari de Girona que dice: “Volen destituir els carrecs del Consell Rector de Más Llunés durant la primera Asamblea” y foto de pintadas alegóricas contra Cantillo. “Cantillo capullo, te queremos, en el trullo”, “Más Llunés SÍ, Cantillo NO”.
  • ><02 de Julio de 1.996. Juzgado de lo Penal número 3 Girona, Sentencianúmero 246/96 con fallo de condenar y condenan a Manuel Cantillo Granados y Jordi Cantillo Fontanals, como autores de un delito de Lesiones.
  • ><03 de Julio de 1.996. Escrito registro de entrada número 958, entrado en el Ayuntamiento de Bescanó, copia de Acta del 09/07/1.996, del Consejo Rector, manipulada en razón de la autentica.
  • ><19 de Julio de 1.996. Escrito entrado en el Ayuntamiento de Bescanó, número 1067, del Señor Miguel J. Pavón i Besalú, Secretario del Consejo Rector, presentando la dimisión.
  • ><05 de Agosto de 1.996. Citación para Juicio de Faltas 204/96 Oral, como denunciantes.
  • ><20 de Agosto de 1.996. Acta del Consejo Rector donde en el punto segundo figura la dimisión de Cantillo y de su hijo, condicionada a aprobar las cuentas. Esta Acta no fue firmada por Cantillo. Asimismo en el apartado tercero figura también la dimisión del Sr. Pavón.
  • ><10 de Septiembre de 1.996. Escrito de Urbanismo de Girona, comunicando la inscripción de la Junta de Compensación como Entidad Colaboradora.
  • ><20 de Septiembre de 1.996. Escrito de Cantillo dirigido al Ayuntamiento de Bescanó número de Registro de entrada 1289, donde suplica la anulación de la Asamblea Extraordinaria del 22 de Septiembre de 1.996, por considerarla ilegal.
  • ><24 de Septiembre de 1.996.Juzgado número 8 de Instrucción de Girona Comparecencia renuncia de las acciones Civiles y Penales, contra Cantillo, por haber dimitido de la Junta de Compensación.
  • ><04 de Octubre /1996. Juzgado número 8 de Instrucción de Girona, comunicándonos el retiro de la acción penal y civil presentada contra Cantillo.
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  • ><07 de Noviembre de 1.996. Escrito de Cantillo al Alcalde y Teniente de Alcalde, número de entrada 1508/1509, reiterando la suspensión de la Asamblea General Extraordinaria, alegando no haber dimitido ni él ni su hijo. Indica que la “no–aceptación” lo considera un abuso de poder incurriendo en delito de prevaricación, que presentará a los Tribunales.
  • ><10 de Noviembre de 1.996. Escrito del Representante del Ayuntamiento en la Junta de Compensación, convocando una Asamblea Extraordinaria de la Junta, con su Orden del día, correspondiente.
  • ><10 de Noviembre de 1.996. Asamblea General Extraordinaria de la Junta de Compensación , donde se aprobó la aceptación de demanda de la dimisión de todos los componentes del Consejo Rector y nombrar el nuevo Consejo Rector , que tomó posesión en el mismo acto.
  • ><11 de Noviembre de 1.996 Escrito al Juzgado de Guardia Denuncia Criminal contra, Francisco Sánchez, Francisco Osan, Joaquín Casellas, Mª. Angels Boadella, Manuel Palencia, Montserrat Rossell y el periodista o redactor del periódico Punt Diari, por calumnias e injurias. Justo un año de nuestra denuncia, que retiramos por haber dimitido Cantillo.
  • ><12 de Noviembre de 1.996. Publicación en Punt Diari de Girona la denuncia en el Cuartel de la Guardia Civil en Bescanó, por presunto fraude, donde aparece una foto en la que destaca una persona tapándose la cara (como hacen los delincuentes y vemos en la Tele) y una reseña del porqué de la denuncia, menos el de la cara tapada, que al no querer firmar la denuncia, fue expulsado del despacho considerándolo improcedente, por el Teniente de la Guardia civil, de entonces, por su acto de cobardía. ¿Saben quien era?. El ”ingeniero” Herranz.
  • ><14 de Noviembre de 1,996. Acta del Consejo Rector, donde Cantillo pide el apoyo para poner una querella a los denunciantes y el Consejo Rector accede en su favor.
  • ><21 de Noviembre de 1.996. Escrito Juzgado de Primera Instancia número tres de Girona, fallando que el contrato quedo resuelto en 22 de Junio de 1.995 y condena a reintegrar a los actores la plena y libre posesión de la finca Más Llunés y sus instalaciones a la familia Feliu. Por tanto desde el 22/06/1996, todo lo actuado por Cantillo quedaba nulo de efecto.
  • ><25 de Noviembre de 1,996. Poder para pleitos número 2171, contra los seis Propietarios y redactor ó periodista ya anunciados.
  • ><31 de Diciembre de 1.996. Escrito de Acto de Conciliación en el Juzgado de Paz de Bescanó, por parte de Cantillo.
  • ><13 de Febrero de 1,997. Acta de Conciliación en Barcelona, en el Juzgado de primera instancia número 49, expediente 58/97-5, relativo al Sr. Francesc Osan.
  • ><25 de Febrero de 1.997. Argumentaciones a las preguntas del abogado de Cantillo, donde se especifica detalladamente lo preguntado a sus instancias, contestando punto por punto.
  • ><15 de Febrero 1.997. Escrito al Ayuntamiento número de registro 229, solicitando la anulación de la Asamblea General Extraordinaria del 22 de Septiembre de 1996 y 10 de Noviembre de 1996.
  • ><18 de Abril de 1.997. Diligencias previas 1655/96, al Juzgado de Instrucción número 7 de Girona, querella reclamando 100.000.000,-- Millones de Pesetas a cada uno, o sea, 600.000.000,-- Millones en total.
  • ><24de Abril de 1.997. Declaraciones de Pavón y Rosa i Roca (en 2.008 Concejal) sobre esta querella, apoyando a Cantillo.
  • ><24 de Abril de 1.997. Carta del abogado Sr. Ribot de la Fam. Feliu al Alcalde de Bescanó en términos relativos a desestimar todas las pretensiones deducidas de los contrarios, señores Cantillo.
  • ><03 de Mayo de 1.997. Escrito al Ayuntamiento de Bescanó número de entrada 685, se refiere al escrito de entrado número 229 de 15/02/1997, de Cantillo reafirmando la suspensión solicitada.
  • ><12 de Mayo de 1.997. Escrito al Juzgado número 7 de Girona, haciendo 22 preguntas, todas ellas relacionadas con la querella de Cantillo.
  • ><12 de Mayo de 1.997. Juzgado de Instrucción número 7 Diligencias Previas 1655/96, declaración de imputado, respondiendo todas y cada una de las preguntas con plena satisfacción por parte del Sr. Palencia.
  • ><12 de Mayo de 1.997. Declaración de la Sra. Montserrat Rossell en el mismo sentido que en el anterior comentario.
  • ><03 de Noviembre de 1.999. Auto del Juzgado de Instrucción número 7 de Girona. Diligencias Previas 1655/96. PA 46/98, donde DISPONE: No dar lugar a la apertura del juicio oral decretando el sobreseimiento libre respecto a los delitos de Denuncia Falsa y Calumnias y el sobreseimiento provisional con relación al delito de injurias.
  • ><06 de Marzo del 2.000. Juzgado de Instrucción número 7 de Girona, Procedimiento abreviado, 46/98 dimanante de diligencias previas: 1655/96, Auto, disponiendo desestimar el recurso de reforma interpuesto contra el auto denegando la apertura de juicio oral, confirmando aquel en todos sus extremos.
  • ><27 de Marzo del 2.000. Acta del Consejo Rector de Junta de Compensación, donde se solicita por parte de Palencia interponer una querella a Cantillo, según Artículo 27, punto 1, apartado d, de nuestros Estatutos, reclamándole 8.303.163,-- por cobros indebidos y varios, sin tener en cuenta los perjuicios dimanantes, que podrían estimarse en otros tantos millones. Lo curioso es que el Alcalde por una sola vez estuvo de acuerdo, el resto del Consejo Rector, (Freixas, Rosa i Roca, (en 2.008 Concejal) y Velásquez) no, sin saber el porqué esto no se efectuó, aunque sabemos los motivos están claros por los disidentes, por estar el Secretario del Consejo Rector implicado, en aquel momento el Sr. Rosa i Roca, primero como vocal y últimamente Tesorero (en 2.008 Concejal).
  • ><Junio del 2.000. Hoja del “L´Ajuntament Informa”, Presupuesto del 2.000, donde figura “Inversions compra i drets gestió aigua Urb. Más Llunés. Para pagar a Cantillo y hacerle callar, versión Sr. Soy.
  • ><14 de Junio del 2.000.- Tribunal Superior de Justicia de Cataluña Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Segunda. Recurso Ordinario (Ley 1956) 2771/1998 Sección 2ª. Parte Actora: Salvador Herranz y Otros. Parte Demandada: Ayuntamiento de Bescanó. Parte Dispositiva. LA SALA ACUERDA, se da por terminado el presente recurso por concurrir en el mismo las previsiones del artículo 76 de la Ley de Jurisdicción. Archívese lo actuado. Desestimado el Contencioso Administrativo.
  • ><21 de Junio del 2.000. Audiencia Provincial Sección Tercera (penal) Girona, Apelación Penal Rollo número 431/2000, Diligencias Previas número 1655/1996, Juzgado de Instrucción número 7 Girona, Auto 261/2000, Parte Dispositiva: DESESTIMAR el recurso de apelación de Cantillo.
  • ><31 de Julio del 2.000. Acta del Consejo Rector, donde se solicita que la querella de Cantillo contra Osan y Palencia la Junta de Compensación se incluya en el paquete que debe de retirar Cantillo, los citados Freixas, Rosa y Velázquez, se opusieron. No obstante Palencia insiste que nos querellemos contra Cantillo pidiendo una compensación de 100.000.000,- ( Cien) millones de Pesetas., por perjuicios y presuntos engaños.
  • ><04 de Septiembre del 2.000. Acta del Consejo Rector, donde dice el Sr. Soy que lo que figura en el Presupuesto del Ayuntamiento, (agua) que eso fue la forma de catalogar al pago echo a Cantillo.
  • ><07 de Noviembre del 2.000. Acta del Consejo Rector, en el punto 17 figura una disertación de la Srta. Hugas relativo a las querellas de Cantillo, que ahora incluía otra contra Tomás Feliu y Sra. Velásquez y Palencia insiste sobre lo que anunció en la anterior reunión.
  • ><13 de Febrero del 2.001. Acta del Consejo Rector, donde figura entre otras cosas, que la Sra. Pilar Velásquez, pone encima de la mesa el tema de la querella de Cantillo y pide al Consejo Rector, se haga cargo de los honorarios del abogado, el Consejo Rector aprueba la petición de financiar el asesoramiento jurídico. ¡Hay que tener en cuenta lo manifestado en el Acta del 31/07/2.000, cuando se trataba de Osan y Palencia!. (reseñada más arriba).
  • ><14 de Abril del 2.003. Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Recurso 2094/97, Sentencia número 587, Fallamos. Desestimar el recurso contencioso administrativo, interpuesto por la representación de M. Cantillo y J. Cantillo, contra la resolución arriba expresada, por ser conforme a Derecho. Sin costas. Esta sentencia se refiere a la impugnación de las Asambleas del 22 de Septiembre de 1.996 y 10 de Noviembre de 1.996.

Sabemos que es un “gran Rollo” y además cansino, pero… el que quiere saber y estar enterado le debe significar un sacrificio.

Ustedes tiene la palabra y el que quiera saber que lea, aunque nos a su disposición para aclarar o ampliar lo que hemos detallado, ya saben a su disposición, aunque también sabemos que pocos serán los que se interesen, es igual, nosotros ya estamos satisfechos por aquello de… “el deber cumplido”.

El próximo mes comentaremos lo que en este no nos ha cabido.

Cordialmente.
La Junta Directiva de la Asociación de Propietarios.