Octubre 2002
Pedimos disculpas en principio por lo extenso de la página, pero los asuntos lo requieren.
A finales del pasado mes de Agosto del corriente año, se celebró una cena de presuntos, para “jetear”,(que se supone “no” se habrá financiado del concepto “gastos menores” por un importe de 300.000,- Ptas. del Presupuesto 2001/2002) la misma en el local de C.I.U. (Central Informativa Urbanística) de esta Urbanización, con el fin de “hermanar”, las posturas que ya todos conocemos, se comentaron circunstancias y problemas de carácter Urbanístico de esta Urbanización, como pueden ser, las calles, las cloacas, las luces, fechas de comienzo de las obras y un rosario, de cosas que no acabaríamos durante muchos folios. Nuestras felicitaciones a los 30 ó 35 Propietarios asistentes con sus correspondientes familias, que en muchos casos son los que marcan las pautas a seguir y en particular las faldas.
Estos comentarios que nosotros resaltamos, distan mucho de la realidad, pero claro, como en el “F.B.I. y en el C.I.S. (Central Investigación Sabihondos), de esta Urbanización, todo lo concerniente a los problemas que deben ser resueltos de una vez por todas se resuelven en los Organismos citados, con criterios de verdaderos omnipotentes con una lucidez envidiable y unos conocimientos en Urbanismo, fuera de toda textura tétrica.
El agravio comparativo que se produce es lamentable, ¿porque decimos esto?,muy sencillo, hacer reuniones con un concepto ú otro sin darlo a conocer en general y supeditarlo a unos 25 ò 30 Propietarios del contorno de los gestores y “otros”, no es de recibo, ahí se demuestra la falta de gentileza y comportamiento de estos “seres.”cuando el total de los Propietarios, son muchísimos más, se podrá alegar lo que se quiera, pero a fin de cuentas, por nuestra parte creemos que es lavar la imagen de lo que no se hace .y cuando se haga, ya. ¡Veremos!.
Veremos más adelante como se van sucediendo las complejidades de esta Urbanización, quiera Dios que los iluminen y “hagan los deberes” como se deben hacer en beneficio de todos ó caigan en el favoritismo y en el tributo a favor de alguno de los Gestores, que de todo hay en la viña del Señor
Aprovechamos estos comentarios para poner de relieve la situación por todos conocida de cómo carecemos muchas de las prioridades que tienen nuestras homogéneas poblaciones;
Bescano Vilanna (de abajo) Vilanna (Más Llunes
Alumbrado Público si si no
Vigilancia si si no
Limpieza Urbana si si no
Cloacas ó Alcantarilla si si no
Aceras pavimentadas si si no
Ambulatorio (S.S.) si si no
Transporte Público si si no
Zonas Deportivas si no Incautadas
Asfalto vías Urbanas si si no
Señales de Tráfico si si no
Teléfonos Públicos si si no
Red de aguas potables si si Deficiente
Nomenclatura Urbana si si Por Cumplimentar
Ahí tienen Ustedes los trece (13 ¿) pecados capitales que no tienen desperdicio, si esto es equidad objetiva que nuestros egregios mandamases, rebosantes de mandanga, nos convenzan de lo contrario. ¡ESTO ES INDIGNO E INMORAL!.
ZONAS VERDES Y CORTAFUEGOS (Cinturón).
Por lo visto y examinado ya está terminado lo referenciado, con relación al Cortafuegos. Esta Asociación tiene el convencimiento de que se ha omitido un trámite indispensable para conservar lo tallado, dado que dentro de nada volverá a estar el soto bosque en las mismas condiciones de peligrosidad que antes, aunque nosotros tenemos la solución, y no nos manifestamos porque no seremos atendidos. Repasando apuntes de esta Asociación, queremos mencionar lo que en el Acta del Consejo Rector del día 22 de Mayo del 2000, en el punto 13º, y que reproducimos lo que el Regidor contestó al efecto;
“Preguntat sobre la posibilitat que l´Ajuntament col-labori en el finançament de l´apertura d´un tallafoc al voltant de la Urbanització, respon que aquesta no és competencia seva. Responent a al-lusions sobre el finançament per part de la Generalitat de Catalunya de tallafocs, aclareix que aquets són tallafocs estratègics que no tenen res a veure amb els ordinaris de les urbanitzacions.Per altre banda, el Sr. Soy exposa que indagará sobre eventuals ajudes que pugui oferir la Generalitat a la Junta de Compensació”.
Queremos hacer, observar a nuestros queridos Propietarios que se fijen en la fecha que hacemos referencia, ¡llovió un poquito, ¿no?!.
Hemos constatado las diferentes visitas de los “responsabilitos” y “mandaos”de ir controlando los trabajos que se ejecutaban, es muy legal y así es como se hacen las cosas, pero..., como siempre suceden casos muy “peregrinos” ya comentamos en anteriores páginas la casuística que sucedió con las parcelas de “dos Propietarios de peso” se supone que algo se comentará a su debido tiempo, pero esto no impide que se piense y en este caso, MAL, ya que es muy raro que no haya sucedido lo mismo con ningún otro Propietario más.
Insistimos como siempre en la pregunta del millón, (ahora en €) ¿Las zonas verdes que pertenecen a la Junta de Compensación, en su Presupuesto al efecto, cuando se limpiaran? ¿Se dejarán para futuros Presupuestos acumulativos y que sirvan de justificación? ¿Tendrán en cuenta los responsables económicos de este dispendio de dar cuenta de todo cuanto se ha desarrollado? Ó acaso se han gastado en otros menesteres no justificables, comisiones, otros conceptos, y escondidos con otras partidas. Aunque suponemos que habrán habido ayudas oficiales que están establecidas y que por cierto esto redundará en nuestros bolsillos, ¿o a lo mejor solo en unos bolsillos, ocultos?. En todo esto se demuestra una exageración de nepotismo.
EXPEDIENTE 00200101509 (Pozo).
Desde el 14/02/2001, hay una solicitud en marcha, con el propósito de legalizar el pozo que la Junta de Compensación, (Consejo Rector), solicitó y que aún no está publicada su correspondiente anuncio en el D.O.G.C., para que surta sus efectos legales. Por tanto que se sepa como Denuncia al respecto, no estando todavía autorizado, la Empresa, Prodaisa, ya a puesto en marcha la extracción de agua, con lo cual se pone de manifiesto, que los demás tenemos que cumplir las ordenes legales y en cuanto se refiere al entorno del Municipio de Bescanó, esto no se cumple, quedando en clara responsabilidad el Consejo Rector, de no cumplir con la Ley. ¿Por qué no se ha incoado un expediente administrativo, del Ayuntamiento por saltarse las normas a la torera, incluido el Consejo Rector, y Prodaisa?.
Como consecuencia de ello sabemos, que el Propietario del pozo es la Junta de Compensación de la Urbanización Más Llunés, (ponemos todos los nombres para no confundir), ahora bien, siendo así la extracción del AGUA, por esta regla de tres, los Propietarios que forman dicha Junta de Compensación de la Urbanización Más Llunés son los que deben beneficiarse de que el coste de los metros cúbicos que se extraigan sean coste 0 (cero),salvo los Impuestos, de lo contrario, se supone que debe haber ciertos convenios económicos ocultos a favor de ALGUIEN, en concreto, dígase Consejo Rector ó el que sea que se beneficie a escondidas, a la larga cualquier día se sabrá,.y se le pedirán explicaciones, porque en este mundo todo se sabe, cuando se hacen las cosas bajo mano, por ejemplo un “cabreo” de alguien en concreto, puede denunciar estas ú otras anomalías,¿VERDAD?.
A todo esto siguen en las mismas, NO SE DAN ALTA DE AGUA POR NINGUN CONCEPTO, ENTONCES PARA QUE SE QUIERE TENER EN PROPIEDAD UN POZO, ¿SOLO PARA LOS PRIVILIGIADOS QUE ACTUALMENTE TIENEN CASA Ó ALTAS ANTERIORES?, es injusto y anti-todo, algún día tendrán que dar cuenta de todo ello.
B.O.P. Nº 35 - DOGC. Nº 3643.
El primero BOP nº 35 anuncio nº 1601 de 19/02/2001 se refiere al Proyecto de Compensación, a solicitud del Presidente de la Junta de Compensación de conformidad con el Articulo 174 del Reglamento de Gestión Urbanística antes de su aprobación de la Asamblea de la Junta de Compensación y posterior aprobación definitiva por el Ayuntamiento.
El segundo DOGC. nº 3643, de 27/05/2002, Edicto del Ayuntamiento de Bescanó, sobre aprobación de un Proyecto Urbanístico y que por resolución de la Comisión de Gobierno, con fecha 29 de Abril del 2002, aprobar INICIALMENTE, el Proyecto de Urbanización del Plan Parcial AU 5 de la Urbanización Más Llunés, de conformidad con el Articulo nº 219 de la Ley Municipal.
Esta aprobación por Comisión, a nosotros se nos antoja un tanto “rara”, dado que no es lo mismo por el pleno del Ayuntamiento. Esto no quiere decir que no valga, en absoluto, quiere decir que se aprobó sin tener en cuenta a todo el Pleno del Ayuntamiento, ¿porqué?, pues... “evitar controversias”.
No obstante ambas están en espera de publicarse en el DOGC, y de esta forma dar autenticidad a lo aprobado, mientras tanto, a esperar, ¿NO?.
ASUNTOS GENERALES.
Permisos de Construir: “Se dice” que el Ayuntamiento no dará permiso alguno que no sea con el compromiso de Construir como punto de partida de 125 metros cuadrados por vivienda como mínimo, con lo cual se deberá de cotizar a razón de esta medida impuesta por el Ayuntamiento, todo lo concerniente a, Permisos, Planos, Materiales de Construcción, Impuestos (IBI), y un etc. sin fin.
Ya veremos a la hora de construir cada uno que lo desee, que es lo que se llevará a cabo, ya que entendemos que si hay una Ley será para todo el mundo igual y no creemos (excepto que no estemos enterados) que si hay alguien que no pueda ó quiera edificar tantos metros, esté obligado a ello, salvo que no sea que ¿se refieran a los 125 metros por planta hasta un máximo de tres plantas ó sea 375 metros cuadrados en total?.
Según el P.P. AU5 “Mas Llunés”, Capitulo III, Sección 1ª Artº. 8, punto 6º dice que la ocupación máxima para edificar será el 20 % del total de la superficie de la parcela, y el punto 5º,del propio Artículo, dice con un mínimo de 125 m2, para evitar el barraquismo.
Esto nos parece muy bien, pero en toda Ley, tiene que haber una elasticidad y apropiar en cada caso lo más conveniente, y entendemos que para eso está el Consejo Rector, para modificar lo que sea más conveniente para el Propietario, que tenga dificultades económicas, y no para ir fardando de prepotentes y en fomentar el “barraquear”, que no es lo mismo. Por nuestra parte creemos en la indulgencia compartida entre todos nosotros.
No obstante no todo el mundo tiene el poder adquisitivo del Regidor, para que se le case un familiar, puede en el pueblo hacer una Propiedad de tamaños excepcionales, y que el mismo pueda disponer en otra localidad de una vivienda considerable en capacidad, pero claro, no todos tenemos los ingresos del Regidor.
Nosotros entendemos en este menester que hay una política antisocial y discriminatoria, con tintes de prepotencia hacia una clase de habitantes en esta Urbanización de “elite”, por las medidas de metros cuadrados mínimos impuestas.
Por tal motivo esta Asociación de Propietarios, no puede dejar en saco roto, una serie de consideraciones y preguntas.
¿Por qué se obliga a construir “125 metros cuadrados, como mínimo,” si es muy posible que hayan Propietarios que no necesiten estas medidas?. ¿Acaso consideran que menos de los 125 M2. es una barraca?. De ser así, en la actualidad hay muchas barracas en la Urbanización construidas con el permiso del Ayuntamiento en su día. Eso por un lado, pero por el otro... ¿Acaso una vivienda de entre 70 ó 100 Metros2, no es suficiente para unas personas que su poder adquisitivo está limitado, y pueden con esfuerzos alcanzar su deseo?. ¿Tendrá solo una aceptación del Ayuntamiento a lo que ya está construido y con esto ya está resuelto al problema?. ¿Es este el “freno” pensado para que nadie a estas alturas y con los costes actuales no se atreva a pedir permisos de Construcción?. ¿No han visto los representantes del Consejo Rector que les han metido un GOL, de inmenso peso subjetivo y que las consecuencias pueden ser nefastas? ¿Ya se ha encontrado la forma de “acotar” el desarrollo de la Urbanización, por parte del Consistorio y el Consejo Rector dar su aprobación?.
Entre el HONOR y el DINERO, lo segundo es el PRIMERO.
DIRECCIÓN DE CARRETERAS:
Vamos a dar traslado literal del escrito recibido en esta Asociación de Propietarios Registro de salida nº 0001S - 51016 - 2002 de 06/09/2002 con relación a nuestro escrito de 22 de Julio del 2002, para general conocimiento;
“Senyor.
Per encarrec de l´Hble. Conseller Puig, vull respondre l´escrit que li vàreu adreçar el passat 23 de Julio de 2002, sobre la carretera comarcal GI-533.
En relació amb l´anterior, he de manifestar-vos que des d´aquesta Direcció General,estem impulsant un projecte de condicionament general de la definitiva carretera GI-533, entre el Pk 1,400 i el p.k. 16,200 que ha de incloure la solució definitiva als problemas que esmenta en el seu escrit. Aixi mateix, recentment s´ha procedit al revestiment de cunetes en aquest tram, amb objecte de guanyar amplada i millora la seguretat d´aquesta carretera. Atentament. Firmado.-Jordi Follia i Alsina.Director general de Carreteras.Barcelona,4 de setembre de 2002”.
El problema que le planteamos esta Asociación de Propietarios fue; anular los dos cambios de rasantes entre el Km. 7 y la población de Aiguaviva, de conformidad con la Ley 7/1993 de 30 Septiembre de Carreteras y según su Articulo 17.1, de la carretera GI-533, muy utilizada por los Propietarios de la Urbanización, y otros.
Presidente (Amo), le rogamos tome buena nota y vea que preocupándose, los problemas se pueden ir solucionando por nosotros mismos, sin tener que acudir al amparo del Regidor, que vosotros empleáis y que estáis sometidos, no deja de ser paradójico, que para cualquier situación nuestro primer representante,(Amo) tiene que consultar con el Regidor y ejecutar lo que el disponga, a nosotros nos consta que es, en todas las casuísticas, sino es así, le invitamos que en la próxima Asamblea lo ponga sobre la mesa y lo desmienta, de no hacerlo nos dará la razón plenamente, aunque con su valor (demostrado, solo con los débiles) creemos que esto será prácticamente imposible.
AMENAZA Ó REVANCHA.
Se comenta, se dice, se habla, se critica, por algún afectado que se ha remitido un escrito del Ayuntamiento, de fecha 3 de Septiembre 2002, que por lo visto no tiene desperdicio, por cierto este caso ya se dijo y el Ayuntamiento mandó escritos tiempo atrás, pero... cuando se comentó, en el Consejo Rector ya estaba el actual Presidente, (en funciones, entonces) no se había implantado en las parcelas 1855/56 una Caravana (el Ayuntamiento dice: “Rulots”) , que daba a la ventana de una cocina muy “significativa y especial”, en cuya hábitat pernocta la egregia Sra. de un Ciudadano ilustre de esta Urbanización, y ya nos imaginamos las constantes criticas y despotricar constantemente, para inducir a los escritos que hacemos referencia. Debemos hacer constar que dicha Caravana estuvo en la parcela 1897 durante más de 8 ó 10 años, “la misma”, y el Denunciante-Amo jamás dijo nada, Ustedes se preguntarán ¿por qué?, fácil, en línea recta a más de 300 metros, preguntamos, ¿Las normas no eran igual antes que ahora? ¿Entonces?. Este es el motivo por el que nosotros hacemos constancia y que vean la mezquindad que circula.
A quien corresponda debemos señalar que tienen tanta prisa en confeccionar este Expediente Administrativo, que el informe técnico emitido está equivocado en las parcelas. Denuncian los vigilantes de Más Llunés y apuntan mal
Todo esto es producto por el tándem, Freixas-Solé-Solé Freixas, que son los que por lo sabido y verificado, ponen en conocimiento de las anomalías que se producen en nuestro contorno, pero observen que solo es, en su periferia, porque... aconsejamos que se den más vueltas que hay mucho abandono de diferentes “cacharros”, en tocante a los “informes técnicos emitidos” por los Servicios Técnicos Municipales, con fecha 29/06/2002, previa acta de inspección (¿) urbanística (artº. 193 LUC), que por nosotros es incompleto, falto de realidad e ineficaz, dado que el Capitulo III, Zonas Privadas Sección I, ZONA RESIDENCIAL AÏLLADA EN CIUTAT JARDI, en los Articulos 5, 6, 7, y 8, no se contempla nada que haga referencia a lo que en el expediente Administrativo incoado figura ninguna referencia, además observen Ustedes que ni tan siquiera ubican donde están las parcelas enunciadas, ¿porqué?, muy sencillo, porque aún estamos en paños menores en tocante a la Nomenclatura de las vías Públicas, con todo esto, vean la que han armado y armarán si tienen los atributos necesarios, para cumplir lo que parece ser van a seguir investigando en el informe mencionado anteriormente. En el escrito de referencia en el apartado “22.- Urbanisme.-Disciplina urbanística.-“, citan el nombramiento, del instructor y secretario, creemos que hubiese sido más leal, poner al dúo “Freixas-Herranz”, que son en definitiva quienes provocan todos los dilemas, y de esta forma por lo menos darían la cara, aunque nuestro criterio es que el Consejo Rector debiera defender a los Propietarios afectados, por ser los Consejeros nuestros defensores y no los atacantes, ¿no les parece?. MAS PREPOTENCIA Y ABUSO DE PODER, ¡IMPOSIBLE!. Nuestro consejo es LUCHEN, como mejor crean conveniente, pero LUCHEN.
Para contentar a este Ciudadano y complacer sus demandas, al Regidor no le cuesta nada dar las ordenes oportunas y con esto, cumple, y forma parte del pago a los servicios prestados. ¡Así todos contentos!. ALELUYA. (Consultar Microsoft Encarta, punto 9). Todo ello forma parte del despotismo acumulado hacia esta Urbanización, pasándose por el forro de sus caprichos todo cuanto les viene en gana.
En el Acta del Consejo Rector del 13 de Febrero del 2000, ya se habló de las Barracas, y de la posibilidad de que se construyesen en las Normas Subsidiaria Barraca de Obra, con las medidas pre-establecidas, por el Ayuntamiento. Desde entonces nada se ha hecho al efecto, ni nadie ha reclamado, ahora como ya apuntamos, la egregia Sra. ha pinchado el globo, y viene el escrito amenazador de casos verdaderamente sangrantes.
Sacamos la conclusión, después de lo manifestado, que “tenemos lo que hemos decidido tener”, aunque esto no es lo que realmente nos pertenece tener, la votación ahí está, las consecuencias también están ahí, la verdad es lamentable tener un Presidente con un comportamiento, presuntamente acusica y esto no debiéramos consentirlo ni aceptarlo, toda vez que estar pendiente de un elemento con estas características, verdaderamente raya la insensatez.
Al hilo de estos traslados literales de las Actas del Consejo Rector en diferentes fechas que iremos reproduciendo, cada vez que creamos conveniente, para la INFORMACIÓN A LOS PROPIETARIOS que el Consejo Rector restringe hasta límites insospechados, damos una parte del Acta del 12 de Diciembre del 2000.
“(Un componente cualificado del Consejo Rector: dijo)...continua exposant que, embargar als morosos de la Junta no és cap solució màgica perqué qué en farà la Junta de tantes parcel.les? A més cal tenir també en compte que el procediment d´embargament és llarg i costós”. Rogamos tomen buena nota, por si acaso.
De todo esto alguien saldrá beneficiado a pesar de su trabajo, aunque creemos que esta forma de actuar es un tanto absolutista y falto de comunicación, dado que si se aplica la Ley debiera de ser en todos sus términos, para unos y otros.
Será evidente que lo desmentirán a la mejor ocasión que tengan, pero les podemos asegurar que nuestras manifestaciones son verdaderas, y en todo caso hay una forma que cotejar. Cuando se haga la Asamblea General Ordinaria, lleven a la misma el Libro de Actas, del Consejo Rector.¿Sois capaces?.
Esta Asociación sabe, que está en la oposición, pero los problemas son comunes y las soluciones también son comunes, aunque con la mentalidad manifiesta por el Consejo Rector y su adlátere, por ser de la oposición, sea lo que sea, no se admite absolutamente nada aunque perjudique a la mayoría de los Propietarios. Otra cosa es tener imaginación y esta no existe en los “ejemplares” Dirigentes. Nosotros pensamos que al no responder ni a una sola cosa de todo cuanto hemos manifestado, divulgado, denunciado, o puesto en conocimiento, no es porque no nos hagan ni puñetero caso, y lo mejor es no responder, pensando,!ya se cansarán¡, no, Señores Consejeros, no, es que no saben que decir, ni que argumentar y otra cosa que quizás no hayan pensado (por carecer de pensamiento) que el que calla OTORGA, CONCEDE, Y CLAUDICA.
<”Tenemos una caña, si no pescamos hoy pescaremos mañana”.> ¿Lo entendéis?.Quizás no, por aquello que se dice ... “son cortitos”
Cordialmente.
La Junta Directiva de la Asociación de Propietarios de Vilanna.
Octubre 2002
Pedimos disculpas en principio por lo extenso de la página, pero los asuntos lo requieren.
A finales del pasado mes de Agosto del corriente año, se celebró una cena de presuntos, para “jetear”,(que se supone “no” se habrá financiado del concepto “gastos menores” por un importe de 300.000,- Ptas. del Presupuesto 2001/2002) la misma en el local de C.I.U. (Central Informativa Urbanística) de esta Urbanización, con el fin de “hermanar”, las posturas que ya todos conocemos, se comentaron circunstancias y problemas de carácter Urbanístico de esta Urbanización, como pueden ser, las calles, las cloacas, las luces, fechas de comienzo de las obras y un rosario, de cosas que no acabaríamos durante muchos folios. Nuestras felicitaciones a los 30 ó 35 Propietarios asistentes con sus correspondientes familias, que en muchos casos son los que marcan las pautas a seguir y en particular las faldas.
Estos comentarios que nosotros resaltamos, distan mucho de la realidad, pero claro, como en el “F.B.I. y en el C.I.S. (Central Investigación Sabihondos), de esta Urbanización, todo lo concerniente a los problemas que deben ser resueltos de una vez por todas se resuelven en los Organismos citados, con criterios de verdaderos omnipotentes con una lucidez envidiable y unos conocimientos en Urbanismo, fuera de toda textura tétrica.
El agravio comparativo que se produce es lamentable, ¿porque decimos esto?,muy sencillo, hacer reuniones con un concepto ú otro sin darlo a conocer en general y supeditarlo a unos 25 ò 30 Propietarios del contorno de los gestores y “otros”, no es de recibo, ahí se demuestra la falta de gentileza y comportamiento de estos “seres.”cuando el total de los Propietarios, son muchísimos más, se podrá alegar lo que se quiera, pero a fin de cuentas, por nuestra parte creemos que es lavar la imagen de lo que no se hace .y cuando se haga, ya. ¡Veremos!.
Veremos más adelante como se van sucediendo las complejidades de esta Urbanización, quiera Dios que los iluminen y “hagan los deberes” como se deben hacer en beneficio de todos ó caigan en el favoritismo y en el tributo a favor de alguno de los Gestores, que de todo hay en la viña del Señor
Aprovechamos estos comentarios para poner de relieve la situación por todos conocida de cómo carecemos muchas de las prioridades que tienen nuestras homogéneas poblaciones;
Bescano Vilanna (de abajo) Vilanna (Más Llunes
Alumbrado Público si si no
Vigilancia si si no
Limpieza Urbana si si no
Cloacas ó Alcantarilla si si no
Aceras pavimentadas si si no
Ambulatorio (S.S.) si si no
Transporte Público si si no
Zonas Deportivas si no Incautadas
Asfalto vías Urbanas si si no
Señales de Tráfico si si no
Teléfonos Públicos si si no
Red de aguas potables si si Deficiente
Nomenclatura Urbana si si Por Cumplimentar
Ahí tienen Ustedes los trece (13 ¿) pecados capitales que no tienen desperdicio, si esto es equidad objetiva que nuestros egregios mandamases, rebosantes de mandanga, nos convenzan de lo contrario. ¡ESTO ES INDIGNO E INMORAL!.
ZONAS VERDES Y CORTAFUEGOS (Cinturón).
Por lo visto y examinado ya está terminado lo referenciado, con relación al Cortafuegos. Esta Asociación tiene el convencimiento de que se ha omitido un trámite indispensable para conservar lo tallado, dado que dentro de nada volverá a estar el soto bosque en las mismas condiciones de peligrosidad que antes, aunque nosotros tenemos la solución, y no nos manifestamos porque no seremos atendidos. Repasando apuntes de esta Asociación, queremos mencionar lo que en el Acta del Consejo Rector del día 22 de Mayo del 2000, en el punto 13º, y que reproducimos lo que el Regidor contestó al efecto;
“Preguntat sobre la posibilitat que l´Ajuntament col-labori en el finançament de l´apertura d´un tallafoc al voltant de la Urbanització, respon que aquesta no és competencia seva. Responent a al-lusions sobre el finançament per part de la Generalitat de Catalunya de tallafocs, aclareix que aquets són tallafocs estratègics que no tenen res a veure amb els ordinaris de les urbanitzacions.Per altre banda, el Sr. Soy exposa que indagará sobre eventuals ajudes que pugui oferir la Generalitat a la Junta de Compensació”.
Queremos hacer, observar a nuestros queridos Propietarios que se fijen en la fecha que hacemos referencia, ¡llovió un poquito, ¿no?!.
Hemos constatado las diferentes visitas de los “responsabilitos” y “mandaos”de ir controlando los trabajos que se ejecutaban, es muy legal y así es como se hacen las cosas, pero..., como siempre suceden casos muy “peregrinos” ya comentamos en anteriores páginas la casuística que sucedió con las parcelas de “dos Propietarios de peso” se supone que algo se comentará a su debido tiempo, pero esto no impide que se piense y en este caso, MAL, ya que es muy raro que no haya sucedido lo mismo con ningún otro Propietario más.
Insistimos como siempre en la pregunta del millón, (ahora en €) ¿Las zonas verdes que pertenecen a la Junta de Compensación, en su Presupuesto al efecto, cuando se limpiaran? ¿Se dejarán para futuros Presupuestos acumulativos y que sirvan de justificación? ¿Tendrán en cuenta los responsables económicos de este dispendio de dar cuenta de todo cuanto se ha desarrollado? Ó acaso se han gastado en otros menesteres no justificables, comisiones, otros conceptos, y escondidos con otras partidas. Aunque suponemos que habrán habido ayudas oficiales que están establecidas y que por cierto esto redundará en nuestros bolsillos, ¿o a lo mejor solo en unos bolsillos, ocultos?. En todo esto se demuestra una exageración de nepotismo.
EXPEDIENTE 00200101509 (Pozo).
Desde el 14/02/2001, hay una solicitud en marcha, con el propósito de legalizar el pozo que la Junta de Compensación, (Consejo Rector), solicitó y que aún no está publicada su correspondiente anuncio en el D.O.G.C., para que surta sus efectos legales. Por tanto que se sepa como Denuncia al respecto, no estando todavía autorizado, la Empresa, Prodaisa, ya a puesto en marcha la extracción de agua, con lo cual se pone de manifiesto, que los demás tenemos que cumplir las ordenes legales y en cuanto se refiere al entorno del Municipio de Bescanó, esto no se cumple, quedando en clara responsabilidad el Consejo Rector, de no cumplir con la Ley. ¿Por qué no se ha incoado un expediente administrativo, del Ayuntamiento por saltarse las normas a la torera, incluido el Consejo Rector, y Prodaisa?.
Como consecuencia de ello sabemos, que el Propietario del pozo es la Junta de Compensación de la Urbanización Más Llunés, (ponemos todos los nombres para no confundir), ahora bien, siendo así la extracción del AGUA, por esta regla de tres, los Propietarios que forman dicha Junta de Compensación de la Urbanización Más Llunés son los que deben beneficiarse de que el coste de los metros cúbicos que se extraigan sean coste 0 (cero),salvo los Impuestos, de lo contrario, se supone que debe haber ciertos convenios económicos ocultos a favor de ALGUIEN, en concreto, dígase Consejo Rector ó el que sea que se beneficie a escondidas, a la larga cualquier día se sabrá,.y se le pedirán explicaciones, porque en este mundo todo se sabe, cuando se hacen las cosas bajo mano, por ejemplo un “cabreo” de alguien en concreto, puede denunciar estas ú otras anomalías,¿VERDAD?.
A todo esto siguen en las mismas, NO SE DAN ALTA DE AGUA POR NINGUN CONCEPTO, ENTONCES PARA QUE SE QUIERE TENER EN PROPIEDAD UN POZO, ¿SOLO PARA LOS PRIVILIGIADOS QUE ACTUALMENTE TIENEN CASA Ó ALTAS ANTERIORES?, es injusto y anti-todo, algún día tendrán que dar cuenta de todo ello.
B.O.P. Nº 35 - DOGC. Nº 3643.
El primero BOP nº 35 anuncio nº 1601 de 19/02/2001 se refiere al Proyecto de Compensación, a solicitud del Presidente de la Junta de Compensación de conformidad con el Articulo 174 del Reglamento de Gestión Urbanística antes de su aprobación de la Asamblea de la Junta de Compensación y posterior aprobación definitiva por el Ayuntamiento.
El segundo DOGC. nº 3643, de 27/05/2002, Edicto del Ayuntamiento de Bescanó, sobre aprobación de un Proyecto Urbanístico y que por resolución de la Comisión de Gobierno, con fecha 29 de Abril del 2002, aprobar INICIALMENTE, el Proyecto de Urbanización del Plan Parcial AU 5 de la Urbanización Más Llunés, de conformidad con el Articulo nº 219 de la Ley Municipal.
Esta aprobación por Comisión, a nosotros se nos antoja un tanto “rara”, dado que no es lo mismo por el pleno del Ayuntamiento. Esto no quiere decir que no valga, en absoluto, quiere decir que se aprobó sin tener en cuenta a todo el Pleno del Ayuntamiento, ¿porqué?, pues... “evitar controversias”.
No obstante ambas están en espera de publicarse en el DOGC, y de esta forma dar autenticidad a lo aprobado, mientras tanto, a esperar, ¿NO?.
ASUNTOS GENERALES.
Permisos de Construir: “Se dice” que el Ayuntamiento no dará permiso alguno que no sea con el compromiso de Construir como punto de partida de 125 metros cuadrados por vivienda como mínimo, con lo cual se deberá de cotizar a razón de esta medida impuesta por el Ayuntamiento, todo lo concerniente a, Permisos, Planos, Materiales de Construcción, Impuestos (IBI), y un etc. sin fin.
Ya veremos a la hora de construir cada uno que lo desee, que es lo que se llevará a cabo, ya que entendemos que si hay una Ley será para todo el mundo igual y no creemos (excepto que no estemos enterados) que si hay alguien que no pueda ó quiera edificar tantos metros, esté obligado a ello, salvo que no sea que ¿se refieran a los 125 metros por planta hasta un máximo de tres plantas ó sea 375 metros cuadrados en total?.
Según el P.P. AU5 “Mas Llunés”, Capitulo III, Sección 1ª Artº. 8, punto 6º dice que la ocupación máxima para edificar será el 20 % del total de la superficie de la parcela, y el punto 5º,del propio Artículo, dice con un mínimo de 125 m2, para evitar el barraquismo.
Esto nos parece muy bien, pero en toda Ley, tiene que haber una elasticidad y apropiar en cada caso lo más conveniente, y entendemos que para eso está el Consejo Rector, para modificar lo que sea más conveniente para el Propietario, que tenga dificultades económicas, y no para ir fardando de prepotentes y en fomentar el “barraquear”, que no es lo mismo. Por nuestra parte creemos en la indulgencia compartida entre todos nosotros.
No obstante no todo el mundo tiene el poder adquisitivo del Regidor, para que se le case un familiar, puede en el pueblo hacer una Propiedad de tamaños excepcionales, y que el mismo pueda disponer en otra localidad de una vivienda considerable en capacidad, pero claro, no todos tenemos los ingresos del Regidor.
Nosotros entendemos en este menester que hay una política antisocial y discriminatoria, con tintes de prepotencia hacia una clase de habitantes en esta Urbanización de “elite”, por las medidas de metros cuadrados mínimos impuestas.
Por tal motivo esta Asociación de Propietarios, no puede dejar en saco roto, una serie de consideraciones y preguntas.
¿Por qué se obliga a construir “125 metros cuadrados, como mínimo,” si es muy posible que hayan Propietarios que no necesiten estas medidas?. ¿Acaso consideran que menos de los 125 M2. es una barraca?. De ser así, en la actualidad hay muchas barracas en la Urbanización construidas con el permiso del Ayuntamiento en su día. Eso por un lado, pero por el otro... ¿Acaso una vivienda de entre 70 ó 100 Metros2, no es suficiente para unas personas que su poder adquisitivo está limitado, y pueden con esfuerzos alcanzar su deseo?. ¿Tendrá solo una aceptación del Ayuntamiento a lo que ya está construido y con esto ya está resuelto al problema?. ¿Es este el “freno” pensado para que nadie a estas alturas y con los costes actuales no se atreva a pedir permisos de Construcción?. ¿No han visto los representantes del Consejo Rector que les han metido un GOL, de inmenso peso subjetivo y que las consecuencias pueden ser nefastas? ¿Ya se ha encontrado la forma de “acotar” el desarrollo de la Urbanización, por parte del Consistorio y el Consejo Rector dar su aprobación?.
Entre el HONOR y el DINERO, lo segundo es el PRIMERO.
DIRECCIÓN DE CARRETERAS:
Vamos a dar traslado literal del escrito recibido en esta Asociación de Propietarios Registro de salida nº 0001S - 51016 - 2002 de 06/09/2002 con relación a nuestro escrito de 22 de Julio del 2002, para general conocimiento;
“Senyor.
Per encarrec de l´Hble. Conseller Puig, vull respondre l´escrit que li vàreu adreçar el passat 23 de Julio de 2002, sobre la carretera comarcal GI-533.
En relació amb l´anterior, he de manifestar-vos que des d´aquesta Direcció General,estem impulsant un projecte de condicionament general de la definitiva carretera GI-533, entre el Pk 1,400 i el p.k. 16,200 que ha de incloure la solució definitiva als problemas que esmenta en el seu escrit. Aixi mateix, recentment s´ha procedit al revestiment de cunetes en aquest tram, amb objecte de guanyar amplada i millora la seguretat d´aquesta carretera. Atentament. Firmado.-Jordi Follia i Alsina.Director general de Carreteras.Barcelona,4 de setembre de 2002”.
El problema que le planteamos esta Asociación de Propietarios fue; anular los dos cambios de rasantes entre el Km. 7 y la población de Aiguaviva, de conformidad con la Ley 7/1993 de 30 Septiembre de Carreteras y según su Articulo 17.1, de la carretera GI-533, muy utilizada por los Propietarios de la Urbanización, y otros.
Presidente (Amo), le rogamos tome buena nota y vea que preocupándose, los problemas se pueden ir solucionando por nosotros mismos, sin tener que acudir al amparo del Regidor, que vosotros empleáis y que estáis sometidos, no deja de ser paradójico, que para cualquier situación nuestro primer representante,(Amo) tiene que consultar con el Regidor y ejecutar lo que el disponga, a nosotros nos consta que es, en todas las casuísticas, sino es así, le invitamos que en la próxima Asamblea lo ponga sobre la mesa y lo desmienta, de no hacerlo nos dará la razón plenamente, aunque con su valor (demostrado, solo con los débiles) creemos que esto será prácticamente imposible.
AMENAZA Ó REVANCHA.
Se comenta, se dice, se habla, se critica, por algún afectado que se ha remitido un escrito del Ayuntamiento, de fecha 3 de Septiembre 2002, que por lo visto no tiene desperdicio, por cierto este caso ya se dijo y el Ayuntamiento mandó escritos tiempo atrás, pero... cuando se comentó, en el Consejo Rector ya estaba el actual Presidente, (en funciones, entonces) no se había implantado en las parcelas 1855/56 una Caravana (el Ayuntamiento dice: “Rulots”) , que daba a la ventana de una cocina muy “significativa y especial”, en cuya hábitat pernocta la egregia Sra. de un Ciudadano ilustre de esta Urbanización, y ya nos imaginamos las constantes criticas y despotricar constantemente, para inducir a los escritos que hacemos referencia. Debemos hacer constar que dicha Caravana estuvo en la parcela 1897 durante más de 8 ó 10 años, “la misma”, y el Denunciante-Amo jamás dijo nada, Ustedes se preguntarán ¿por qué?, fácil, en línea recta a más de 300 metros, preguntamos, ¿Las normas no eran igual antes que ahora? ¿Entonces?. Este es el motivo por el que nosotros hacemos constancia y que vean la mezquindad que circula.
A quien corresponda debemos señalar que tienen tanta prisa en confeccionar este Expediente Administrativo, que el informe técnico emitido está equivocado en las parcelas. Denuncian los vigilantes de Más Llunés y apuntan mal
Todo esto es producto por el tándem, Freixas-Solé-Solé Freixas, que son los que por lo sabido y verificado, ponen en conocimiento de las anomalías que se producen en nuestro contorno, pero observen que solo es, en su periferia, porque... aconsejamos que se den más vueltas que hay mucho abandono de diferentes “cacharros”, en tocante a los “informes técnicos emitidos” por los Servicios Técnicos Municipales, con fecha 29/06/2002, previa acta de inspección (¿) urbanística (artº. 193 LUC), que por nosotros es incompleto, falto de realidad e ineficaz, dado que el Capitulo III, Zonas Privadas Sección I, ZONA RESIDENCIAL AÏLLADA EN CIUTAT JARDI, en los Articulos 5, 6, 7, y 8, no se contempla nada que haga referencia a lo que en el expediente Administrativo incoado figura ninguna referencia, además observen Ustedes que ni tan siquiera ubican donde están las parcelas enunciadas, ¿porqué?, muy sencillo, porque aún estamos en paños menores en tocante a la Nomenclatura de las vías Públicas, con todo esto, vean la que han armado y armarán si tienen los atributos necesarios, para cumplir lo que parece ser van a seguir investigando en el informe mencionado anteriormente. En el escrito de referencia en el apartado “22.- Urbanisme.-Disciplina urbanística.-“, citan el nombramiento, del instructor y secretario, creemos que hubiese sido más leal, poner al dúo “Freixas-Herranz”, que son en definitiva quienes provocan todos los dilemas, y de esta forma por lo menos darían la cara, aunque nuestro criterio es que el Consejo Rector debiera defender a los Propietarios afectados, por ser los Consejeros nuestros defensores y no los atacantes, ¿no les parece?. MAS PREPOTENCIA Y ABUSO DE PODER, ¡IMPOSIBLE!. Nuestro consejo es LUCHEN, como mejor crean conveniente, pero LUCHEN.
Para contentar a este Ciudadano y complacer sus demandas, al Regidor no le cuesta nada dar las ordenes oportunas y con esto, cumple, y forma parte del pago a los servicios prestados. ¡Así todos contentos!. ALELUYA. (Consultar Microsoft Encarta, punto 9). Todo ello forma parte del despotismo acumulado hacia esta Urbanización, pasándose por el forro de sus caprichos todo cuanto les viene en gana.
En el Acta del Consejo Rector del 13 de Febrero del 2000, ya se habló de las Barracas, y de la posibilidad de que se construyesen en las Normas Subsidiaria Barraca de Obra, con las medidas pre-establecidas, por el Ayuntamiento. Desde entonces nada se ha hecho al efecto, ni nadie ha reclamado, ahora como ya apuntamos, la egregia Sra. ha pinchado el globo, y viene el escrito amenazador de casos verdaderamente sangrantes.
Sacamos la conclusión, después de lo manifestado, que “tenemos lo que hemos decidido tener”, aunque esto no es lo que realmente nos pertenece tener, la votación ahí está, las consecuencias también están ahí, la verdad es lamentable tener un Presidente con un comportamiento, presuntamente acusica y esto no debiéramos consentirlo ni aceptarlo, toda vez que estar pendiente de un elemento con estas características, verdaderamente raya la insensatez.
Al hilo de estos traslados literales de las Actas del Consejo Rector en diferentes fechas que iremos reproduciendo, cada vez que creamos conveniente, para la INFORMACIÓN A LOS PROPIETARIOS que el Consejo Rector restringe hasta límites insospechados, damos una parte del Acta del 12 de Diciembre del 2000.
“(Un componente cualificado del Consejo Rector: dijo)...continua exposant que, embargar als morosos de la Junta no és cap solució màgica perqué qué en farà la Junta de tantes parcel.les? A més cal tenir també en compte que el procediment d´embargament és llarg i costós”. Rogamos tomen buena nota, por si acaso.
De todo esto alguien saldrá beneficiado a pesar de su trabajo, aunque creemos que esta forma de actuar es un tanto absolutista y falto de comunicación, dado que si se aplica la Ley debiera de ser en todos sus términos, para unos y otros.
Será evidente que lo desmentirán a la mejor ocasión que tengan, pero les podemos asegurar que nuestras manifestaciones son verdaderas, y en todo caso hay una forma que cotejar. Cuando se haga la Asamblea General Ordinaria, lleven a la misma el Libro de Actas, del Consejo Rector.¿Sois capaces?.
Esta Asociación sabe, que está en la oposición, pero los problemas son comunes y las soluciones también son comunes, aunque con la mentalidad manifiesta por el Consejo Rector y su adlátere, por ser de la oposición, sea lo que sea, no se admite absolutamente nada aunque perjudique a la mayoría de los Propietarios. Otra cosa es tener imaginación y esta no existe en los “ejemplares” Dirigentes. Nosotros pensamos que al no responder ni a una sola cosa de todo cuanto hemos manifestado, divulgado, denunciado, o puesto en conocimiento, no es porque no nos hagan ni puñetero caso, y lo mejor es no responder, pensando,!ya se cansarán¡, no, Señores Consejeros, no, es que no saben que decir, ni que argumentar y otra cosa que quizás no hayan pensado (por carecer de pensamiento) que el que calla OTORGA, CONCEDE, Y CLAUDICA.
<”Tenemos una caña, si no pescamos hoy pescaremos mañana”.> ¿Lo entendéis?.Quizás no, por aquello que se dice ... “son cortitos”
Cordialmente.
La Junta Directiva de la Asociación de Propietarios de Vilanna.